Leyes sobre los esclavos
1 »Estas son las leyes que les propondrás. 2 »Si compras un siervo hebreo, seis ańos servirá, pero al séptimo saldrá libre, de balde. 3 Si entró solo, solo saldrá; si tenía mujer, su mujer saldrá con él. 4 Si su amo le dio una mujer, y ella le dio hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo. 5 Pero si el siervo dice: “Yo amo a mi seńor, a mi mujer y a mis hijos; no quiero salir libre”, 6 entonces su amo lo llevará ante los jueces, lo arrimará a la puerta o al poste, y le horadará la oreja con lesna. Así será su siervo para siempre.,** Cf. Lv 25.39-43; Dt 15.12-18. Acerca de la esclavitud, véanse Col 3.22 n. y la Introducción a la carta de Pablo a Filemón.La incorporación definitiva del esclavo a la casa de su dueńo se realiza simbólicamente en la puerta, es decir, en el lugar de entrada. El hebreo elohim, que aquí se traduce por ante los jueces, también significa ante el santuario o ante el altar y caracteriza a la puerta como un sitio particularmente significativo de la casa.7 »Cuando alguien venda a su hija como sierva, ella no saldrá libre como suelen salir los siervos. 8 Si no agrada a su seńor, por lo cual no la tomó como esposa, se le permitirá que se rescate, y no la podrá vender a pueblo extrańo cuando la deseche.* No la podrá vender... deseche: otra posible traducción: no podrá venderla a ningún extranjero, porque eso es cometer con ella un fraude.9 Pero si la desposa con su hijo, hará con ella según se acostumbra con las hijas. 10 Si toma para él otra mujer, no disminuirá su alimento, ni su vestido, ni el deber conyugal. 11 Y si ninguna de estas tres cosas le provee, ella saldrá de gracia, sin dinero.
Leyes sobre actos de violencia
12 »El que hiera a alguien, haciéndolo así morir, él morirá.* Cf. Lv 24.17.13 Pero el que no pretendía herirlo, sino que Dios lo puso en sus manos, entonces yo te seńalaré el lugar al cual ha de huir.* Alusión al establecimiento de las ciudades de refugio para los que han cometido un homicidio no intencional. Cf. Nm 35.10-29; Dt 19.1-13; Jos 20.1-9.14 Pero si alguien se enoja contra su prójimo y lo mata con alevosía, de mi altar lo apartarás para que muera. 15 »El que hiera a su padre o a su madre, morirá. 16 »Asimismo el que secuestre una persona y la venda, o si es hallada en sus manos, morirá.* Cf. Dt 24.7.17 »Igualmente el que maldiga a su padre o a su madre, morirá.* Cf. Lv 20.9; Mt 15.4; Mc 7.10.18 »Además, si algunos rińen, y uno hiere a su prójimo con piedra o con el puńo, y este no muere, sino que después de guardar cama 19 se levanta y anda por fuera, apoyado en su bastón, entonces será absuelto el que lo hirió; solamente le pagará por lo que estuvo sin trabajar, y hará que lo curen. 20 »Si alguien hiere a su siervo o a su sierva con un palo, y muere entre sus manos, será castigado; 21 pero si sobrevive por un día o dos, no será castigado, porque es propiedad suya. 22 »Si algunos rińen y hieren a una mujer embarazada, y esta aborta, pero sin causarle ningún otro dańo, serán penados conforme a lo que les imponga el marido de la mujer y juzguen los jueces. 23 Pero si le causan otro dańo, entonces pagarás vida por vida, 24 ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, 25 quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe.* Esta ley, que se repite en Lv 24.19-20 y Dt 19.21, fue llamada posteriormente “ley del talión”. Entre los antiguos pueblos semitas, las lesiones o la muerte que alguien sufría a manos de otro debían ser vengadas por el pariente más próximo de la víctima. A dicho pariente lo llamaban “vengador (heb. goel) de la sangre” (cf. Nm 35.19-27). Esos vengadores practicaban, con frecuencia, una venganza desproporcionada. La ley del talión vino a poner límite a tales excesos, para que la venganza se ajustara a la gravedad del dańo. Su finalidad no es, como suele entenderse a menudo, fomentar la venganza, sino ponerle freno: solo una vida por una vida, y no siete o setenta y siete, como en el canto de Lamec (Gn 4.23-24). Con respecto a la interpretación que hace Jesús de la ley del talión, véase Mt 5.38 n.
Leyes sobre responsabilidades de amos y dueńos
26 »Si alguien hiere el ojo de su siervo o el ojo de su sierva, y lo dańa, le dará libertad por razón de su ojo. 27 Y si hace saltar un diente de su siervo o un diente de su sierva, por su diente le dejará en libertad. 28 »Si un buey cornea a un hombre o a una mujer y le causa la muerte, el buey será apedreado y no se comerá su carne, pero el dueńo del buey será absuelto. 29 Pero si el buey acostumbraba a cornear, y su dueńo no lo hubiera guardado, aunque se le hubiera notificado, y mata a un hombre o a una mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueńo. 30 Si le es impuesto un precio de rescate, entonces dará por el rescate de su persona cuanto le sea impuesto. 31 Haya corneado a un hijo o haya corneado a una hija, conforme a este juicio se hará con él. 32 Si el buey cornea a un siervo o a una sierva, su dueńo pagará treinta siclos de plata, y el buey será apedreado. 33 »Si alguien abre un pozo o cava una cisterna, y no la tapa, y cae allí un buey o un asno, 34 el dueńo de la cisterna pagará el dańo, resarciendo a su dueńo, y el animal muerto será suyo. 35 »Pero si el buey de alguien hiere al buey de su prójimo causándole la muerte, entonces venderán el buey vivo y se repartirán el dinero, y también se repartirán el buey muerto. 36 Pero si era notorio que el buey acostumbraba cornear, y su dueńo no lo hubiera guardado, pagará buey por buey, y el buey muerto será suyo.
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